VALLESPIR INFORMA:
Casi una década después de que se pusieran
en marcha la implantación de Contribuciones Especiales a los vecino/as de la
calle Vallespir, en las
denominado PROYECTO DE URBANIZACIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE SERVICOS A LA CALLE
BUDAPEST Y CALLE NORTE, ENTRE LAS CALLES DE VALLESPIR Y NAPOLES. Y mientras el
gobierno de Bustos abusaba de
su poder incluyendo en los
presupuestos partidas como las expropiaciones que se habían realizado en la
calle Norte. O el desplazamiento de una línea de alta tensión (librando de ese
pago a la compañía
eléctrica…o quizás también cobrándolo a ella), hasta el hecho de cargar el
total del costo de las obras a solo una parte de la calle Budapest, es decir,
que dado que las fincas pertenecientes a la acera de enfrente a Vallespir, por ser estas de
propiedad del Ayuntamiento quedaron exentas de pago. Algo que nunca se había dado en nuestro municipio,
que sólo pagaran las obras de una calle, sólo una parte de la misma y no el
conjunto de la misma.
Mientras todo esto sucedía y se intentaba robar a los vecinos de Vallespir (para
permitir que Busto siguiera haciendo acopio de dinero público para malgastarlo
en ‘canapés’ y en comilonas y fotos. La oposición del momento compuesta por
CIU, ERC y ICV-EUiA ‘miraban para otro lado’. Y a pesar de que Bustos se encontraba
en mayoría se sometieron estos a los antojos de Bustos y se prestaron a sus ‘manejos’ formando parte de su gobierno. Por lo
que sólo caviar recurrir a la ENTESA que eran los únicos que (como siempre) no
se prestaron a que se
pudiese engañar al ciudadano.
De todo lo que se pretendía hacer a los
vecinos y vecinas de Vallespir, fueron conocedores todos y cada uno de los
partidos políticos integrados en los Grupos municipales. Sin embargo, sólo fue
la ENTESA la que se preocupó del tema presentando alguna moción. Mociones que
como eran de esperar no prosperarían dada la constitución del
Gobierno que presidía Bustos. Lo que dio lugar a grandes movilizaciones y a un
Contencioso Administrativo por parte de los vecinos (y como suele ocurrir casi
siempre), la justicia se inclina por darle palos a los más débiles y da la
razón al Ayuntamiento. No obstante, le obligaba a sólo cargar a los
vecinos como máximo el 50% del coste de la obra. Pero el juez, no tubo en
cuenta que en los costes de las obras se habían incluido partidas que no
pertenecían a la misma, como las, expropiaciones realizadas en la calle Norte,
o el enterramiento y desplazamiento de la línea de alta tensión.
Con lo cual, ese 50% excedía (y en mucho),
de lo que tenían que pagar estos vecinos.
Teniendo en cuenta además, que el
coste total de las obras sólo se les cargó a los vecinos que sus finas lindaban
con la calle Vallespir. Dejando exento de pago a las fincas de la cera de
enfrente por ser estas de propiedad del Ayuntamiento, hecho este que nunca se
había dado en nuestra ciudad que una parte de la calle no pagara, con el
correspondiente recargo que significó
para los demás vecinos. Todo un
“chanchullo”
consentido por los partidos que entonces formaban gobierno con Bustos.
Ante el “chanchullo” que el Ayuntamiento había
montado, esté, no se atreve a girarle el recibo correspondiente a los vecinos
que no tenían normalizadas sus fincas, ya que eran conscientes de que algunos
estábamos dispuestos a impugnar su pago.
Y es ahora nueve años después de que las
obras terminaran (y seguramente obligados por la falta de recursos económicos
de los que padece nuestro Ayuntamiento), y también, por que de alguna forma estaban
obligados a tener que justificar unas obras que en su conjunto no estaban cerradas. Y es, cuando de nuevo ponen en
marcha un procedimiento mediante el cual poder, por un lado, obtener recursos,
y de otro, cerrar un expediente al que estaban obligados a justificar.
Por tanto, y debido a la tardanza con que
se trata de cobrar, se “MANIPULAN” la fecha de la
terminación de las obras (con el fin de que “cuele”), y de unas obras que estaban acabadas el año 2004
(según consta en el documento que se adjunta,
(firmado por Juan Carlos Sánchez).
En el recibo enviado, se cambian las fechas
y de Mayo del 2004 se pasa a 31/01/ 2007. Aun así, la fecha manipulada también
se encuentra prescrita. A lo que hay que añadir la forma ‘vergonzosa’ en la que el
Ayuntamiento obtuvo el documento mediante
el cual conseguir con el (presunto) “engaño” y el “chantaje”, la
conformidad al pago de estás.
Aquí os dejamos copias del documento mediante el cual se puede ver como están cargados al presupuesto los 3.788´918€ por el desplazamiento de la línea eléctrica.
También, copia del escrito donde Juan Carlos Sánchez informa de la fecha en la que acabaron la obras (Mayo del 2004) y no el 31/01/ 2007, como aparece en los recibos facturados por el Ayuntamiento.
Ante este nuevo intento de ‘atropello’ a los
vecinos de Vallespir por parte del Ayuntamiento, y ante el estar pasando a
cobro unos recibos que de acuerdo con la ORDENAZA DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES
estos estaban PRESCRITOS. Se
decide por parte de varios vecinos. Por un lado, poner en conocimiento de todos los Grupos
Municipales de la Oposición, el atropello
que el Ayuntamiento estaba realizando con el cobro de dichas Contribuciones a
los vecinos u vecinas de Vallespir, dándole a conocer la reclamación que
hacíamos al respecto.
Entregada en
fecha 15/01/2013 que decía lo siguiente: Y que la misma se pasó por el ‘forro’
el Ayuntamiento. Incumpliendo la Ley por la que está obligado a responder. En
(dos meses).
EXPONGO
Conforme al recibo enviado por este Ayuntamiento
referente al pago de contribuciones especiales sobre la URB. IMPLANTACIÓN DE
SERVICIOS C/. BUDAPETS Y NORTE, y con Expediente: 2000CESPOO601, con fecha de
aprobación 31/01/2007. De
acuerdo con la ORDENANZA GENERAL DE CONTRUBACIONES ESPECIALES y conforme a su Capitulo
IX: Gestión, liquidación, inspección y recaptación.
Y a lo especificado en su articulo 16e. La liquidación,
la inspección y la recaptación de las contribuciones especiales se harán en
la forma, los términos y las condiciones que establece la Ley General Tributaria, las
otras leyes del Estado reguladores de la materia, la ordenanza fiscal y
las disposiciones para la realización.
De acuerdo con lo que se especifica en dicho Articulo
16e, el recibo que este Ayuntamiento me ha pasado a cobro, se encuentra Prescrito.
Con motivo de aclarar esta anomalía, pido en el
departamento de Urbanismo información al respecto, enviándome al Letrado de
este Ayuntamiento Sr. Aventín Bonson. Esté reconoce haberse enviado al cobro el
correspondiente recibo, con un “poquintin” de retraso, pero que no
obstante, tenemos un acuerdo firmado con el Ayuntamiento por el cual nos
comprometemos al pago de dichas contribuciones.
Por lo que se pide a quien corresponda, nos defina (con
claridad) en que parte de ese cuerdo dice lo contrario a lo establecido en
la Ordenanza General de Contribuciones Especiales, ya que como se dice
antes, en su artículo 16e, la liquidación,
y la recaptación (cobro),
están bien definidas, ya que explica (con claridad), que se harán en
la forma, los términos y las condiciones que establece la Ley General Tributaria,
Tomando como referencia el acuerdo firmado con este
Ayuntamiento, en su apartado TERCERO, define en una parte de mismo lo
siguiente: El Ayuntamiento procederá a liquidar
a los comparecientes la correspondiente cuota del repartimiento de las contribuciones
especiales. Refiriéndose, más adelante, al importe, así como a abonar
el citado tributo.
Esta claro, que en todo momento en este apartado se está
ablando de importes, a liquidar,
o abonar, es decir, al pago de un
tributo.
Tratándose de un pago (que es lo que recoge el acuerdo en
este apartado), el abono del mismo, no puede eternizarse en el tiempo. Esa
deuda, tiene un tiempo de pago regulado por la Ordenanza General de
Contribuciones Especiales, y dado que estamos hablando de importes a abonar
o liquidar, estos, como indica la Ordenanza tienen una fecha de caducidad,
y (dada la fecha de aprobación del recibo pasado a cobro 31/01/2007), el mismo
está fuera del tiempo establecido por
esa Ley, por consiguiente. Prescrito su cobro.
Por todo lo cual: SOLICITO
Me sean retirados todos los pagos referentes a dichas
Contribuciones Especiales de acuerdo con lo que dice la Ordenanza General de Contribuciones
Especiales y conforme a la Ley
General Tributaria.
COMO ACTÚA AYUNTAMIENTO Y POLITICOS
Ante la “callada por respuesta, decidimos enviar escrito de reclamación en este caso, al alcalde, poniendo al mismo tiempo, en conocimiento de los grupos políticos de la oposición dicha reclamación, haciéndolo mediante un escrito dirigido a ellos con copia del que se le hacia al alcalde:
A LOS GRUPOS MUNICIPALES
Como recordarán a este Grupo Municipal le fue entregado por una comisión de vecinos de la calle Vallespir una serie de documentación mediante la cual se os ponía en conocimiento una serie de hechos que el Ayuntamiento había emprendido contra algunos vecinos de esta calle.
En la documentación entregada se detallaban el “abuso de poder” que el
Ayuntamiento estaba ejerciendo contra un determinado numero de vecinos, e
incluso, al (presunto) “chantaje” que muchos de ellos fueron objeto y del que
participó (entre otros),el que hoy es alcalde de la ciudad Señor Juan Carlos
Sánchez. Entonces Regidor de Urbanismo.
Junto a esa documentación también se os dio a conocer, la reclamación
realizada al Ayuntamiento mediante la cual, se determinaba que las
Contribuciones Especiales que el Ayuntamiento pretendía cobrar a estos vecinos
(y que de hecho están cobrando), las mismas (y de cuerdo con la ORDENANZA
GENERAL DE CONTRUBUCIONES ESPECIALES), han prescrito
por estar las obras terminadas
desde el año 2004 y pasadas a cobro el importe de dichas obras, en
2013.
Y si nos acogemos al documento de COMPARECENCIA mediante el cual aceptábamos pagar las
contribuciones Especiales (y tal como se explica en el escrito enviado al
alcalde), el mismo (además de estar también prescrito), la firma de
conformidad de esté documento, la obtuvo el Ayuntamiento mediante el (presunto)
“engaño” y el “chantaje”.
Con respecto a esta primera reclamación, comunicaros que el Ayuntamiento ha
incumplido la legislación vigente,
y a los dos meses que prevé la Ley
para contestar la misma, estos señores del (PSC) se han pasado por el ‘forro’
lo que determina la Ley. Con el consecuente perjuicio que ello conlleva a los
reclamantes (ya que como antes decíamos, se están cobrando estas contribuciones
(a pesar de estar prescritas), y en algún caso, hasta con recargos). Por lo que
de nuevo el Ayuntamiento demuestra un claro (abusando de poder), ‘atropellando’
derechos de los ciudadanos.
Ante esta situación, hemos decido algunos vecinos (en vista del ‘silencio
administrativo’ que emplea el Ayuntamiento), dirigirnos directamente al alcalde
y en este caso, se os aporta uno de los escritos entregado, mediante el cual
se pone en conocimiento una serie de
hechos ‘graves’ y que creemos
pueden ser también de vuestro interés. Teniendo en cuenta, que aunque el
escrito entregado al alcalde se hace a titulo individual, lo cierto es, que lo
contemplado en este, salvo en algún aspecto puntual, sirve de referencia para
el resto de vecinos.
También se pone de manifiesto, que el alcalde se salta a la torera
la ‘obligación’ que todo alcalde con un mínimo de dignidad debe de tener para
sus conciudadanos y no casi dos meses
después de recibir la segunda reclamación ‘calle…’.
Demostrando con esa actitud que la ‘era de Bustos’ y su ‘talante’ aun continua.
Como es obvio, este Ayuntamiento se va acoger a esa Norma o Ley, denominada silencio
administrativo (en este caso local), la cual, da la razón al que ‘calla…’ (Es decir, en este caso. Al
Ayuntamiento). Por consiguiente, cuando un ciudadano se dirige a esté con
cualquier reclamación, y esté decide no contestad, ‘incomprensiblemente’ (y
dado que el que reclama es el más desprotegido), encima esta Ley o Norma
‘estima’ que la razón no la tiene el que reclama, si no el que ‘no’
contesta. ¿Todo un ejemplo de democracia… La de esta Norma y de aquellos
que se acogen a ella?
Los ciudadanos no entendemos que una Norma o Ley de este tipo (y como se da
el caso en Sabadell, que estando el Ayuntamiento en ‘minoría’), la oposición
no haya tratado de cambiar ya esta
situación. Por lo que esperamos, que al menos os opongáis a que el alcalde no
haga uso de ella. Ya que lo contrario, seria dejar ‘indefenso’ al ciudadano
que carezca de recursos para enfrentarse a una Norma o Ley tan INJUSTA.
Por todo lo cual, y considerando que vuestro Grupo Municipal forma parte de
una oposición que tiene la obligación de defender los intereses de los
ciudadanos, es por lo que pedimos os impliquéis en este asunto a fin de que se
puede dilucidar todo este tema y finalmente se trate de hacer justicia a lo que
este Ayuntamiento trata de imponer a algunos de los vecinos de la calle
Vallespir utilizando un claro ‘abuso
de poder’ contra los vecinos y además, no respetando lo impuesto por la
Ley.
Por ultimo, y dado que la oposición se encuentra en ‘mayoría’, no cabrían
excusas posibles a la hora de atajar este asunto, por lo que una forma de hacerlo podría ser mediante una
Moción, y si la misma se decide llévala
acabo, pueden dirigirse (para cualquier
aclaración o aportación de la documentación necesaria al respecto) al miembro
de la Comisión de Vecinos y afectado
Juan Quirós Tel. 616629900, o al correo-
quirosrp@hotmail.com .
Y como representantes legales de todos los ciudadanos ante la
Administración Local, es de vuestra responsabilidad la implicación que en este
asunto se espera de aquellos que tiene la obligación de velar por los intereses
de todos y cada uno de los vecinos de Sabadell, y del mismo modo seáis
participes en exigir que se
haga respetar la ‘legalidad vigente’ en este Ayuntamiento, y sobre todo la
respete, su alcalde. Y no se consienta (de ninguna forma), que se puedan ‘atropellar’ los derechos
de cualquier ciudadano.
Agradeciendo de antemano vuestra colaboración, reciban un cordial saludo de
los vecinos de Vallespir.
Juan
Quirós
Ángel López
Comisión de Vecinos de Vallespir.
Sabadell. Mayo de 2013.
ESCRITO DIRIGIDO AL ALCALDE
Ante el incumplimiento de dar repuesta a la que estipula
la Ley (dos meses), lo que demuestra una vez más que el tipo de gobierno que tenemos
sigue siendo el mismo que dirigía Bustos y su ‘prepotencia’ y ‘abuso de poder’ es lo que sigue ahora imperando en su hombre de
paja. Nuestro adorado y flamante nuevo alcalde Juan Carlos Sánchez.
ILTRE. SR. ALCALDE
DE SABADELL
Juan Quirós Cabello, mayor de edad, vecino de Sabadell, con domicilio en la
calle Vallespir nº.-- provisto del D.N.I.---------, ante V. I. comparece y con el debido respeto EXPONE:
Que como consecuencia de haber recibido un recibo con referencia
0120020832 99, en el que se especifica
el concepto de pago de Contribuciones Especiales. Decir, que con fecha 7 de Enero de 2013 me
dirigí al departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento con el fin de pedir
aclaraciones, respecto a que la fecha por la que se me enviaba dicho recibo,
esté había prescrito. Proporcionándome en este departamento el teléfono
de la persona responsable mediante la cual poder aclárame lo planteado al
respecto.
Puesto al habla (telefónicamente) con el Sr. Aventín Bonson (al parecer),
Abogado responsable de las Contribuciones Especiales de este Ayuntamiento, le
comunico, que el recibo que se me había enviado con fecha de aprobación: 31/1/2007, el mismo se encontraba prescrito de acuerdo con lo
especificado por la Ley al respecto.
Ante los hechos planteados, la respuesta de esté señor fue la siguiente:
¿”Es cierto, que la comunicación pasada a cobro de este recibo se ha hecho un “poquitin tarde”, pero no
obstante, aparte de que la comunicación estuviera “fuera de plazo” había
un compromiso firmado por el cual el Ayuntamiento cedía una porción de terreno a cambio de aceptar el pago
de esas Contribuciones Especiales”? Entre otras cosas.
Las explicaciones que el Sr. Aventín me ofrecía, todas ellas, las hacia
basándose en una apreciación personal, y en todo caso, acogiéndose al
documento firmado por mí en este Ayuntamiento con fecha 14 de Noviembre de
2007. No basándose este señor, en Ordenanza o Ley alguna que reforzara su
planteamiento.
Por lo qué, con fecha 15/1/2013
presenté escrito de reclamación ante este Ayuntamiento. Acogiéndome a lo estipulado por la ORDENANZA GENERAL DE
CONTRIBUCIONES ESPECIALES. Articulo 16e, basado este en las condiciones que
establece la Ley General Tributaria.
A tal efecto, le comunico al departamento correspondiente (mediante la
reclamación), que de cuerdo con la Ley citada, el recibo que se me enviaba había prescrito. No obstante,
decidí no efectuar el pago del mismo, por considerar que de haberlo hecho,
estaba de alguna forma reconociendo una deuda a este Ayuntamiento. Mantenerme a
la espera de la respuesta a la
reclamación planteada.
Con fecha 14/3/2013, he recibido un nuevo recibo con referencia
0706285330 60. Es decir, cuando lo que
por Ley (dos meses de espera) correspondía dar respuesta por parte de este
Ayuntamiento a la reclamación plateada en fecha 15/1/2013, lejos de cumplir
lo estipulado por la Ley, este Ayuntamiento hace omisión a su deber, no contestando a la reclamación que se
le había formulado. Y lo que sí hace, es imponerme un recargo por no
pagar a tiempo el recibo girado. Sin dar
más explicaciones.
Demostrando con esta actitud, que lo que este Ayuntamiento “EXIGE” para sus
conciudadanos, no se aplica así mismo esa exigencia. De mostrando con ello, un
talante AUTORITARIO y ANTIDEMOCRÁTICO. Propio de otros tiempos.
Ante este proceder, y (visto que para algunos departamentos de este
Ayuntamiento) el cumplimiento de la Ley
es algo que “desconocen”, es
por lo que he decido dirigirme a usted (que como Alcalde que dice ser de
todos), espero sepa poner orden dentro del Ayuntamiento que preside, haga
cumplir la Ley (¿Y no solo para una de las parte?), y sobre todo (ya que los
que tienen la obligación de hacerlo, no lo hacen), atienda la reclamación
de un ciudadano.
A tal efecto, quisiera poner en su conocimiento algunos aspectos de mi reclamación:
En la conversación mantenida con el Sr. Aventín, esté,
se acoge a un documento de COMPARECENCIA que firmamos mi señora y yo, en
fecha 14 de Noviembre de 2007, por el que aceptábamos pagar las Contribuciones
Especiales. Curiosamente, lo que me dice el Sr. Aventín de palabra, no tiene la
dignidad de hacerlo por escrito. Como así se lo solicité.
Resultando, que en dicho documento
de CONPARECENCIA al que se refiere el Sr. Aventín, en su apartado SEGUNDO,
dice: “Que según información que consta en la oficina del
Catastro, sin que sea necesario regularizar la propiedad mediante
compra de pardela sobrera municipal. En este sentido, para regularizar la situación
registrar de la finca, los comparecientes procederán a la reducción o mayor cabida
que s´escaigui para normalizar la
superficie de la finca en el Registro de la Propiedad a la superficie que según
alineación de planeamiento tenga el solar desde Vallespir a la calle
Budapest.”
Conforme a lo que se especifica en este apartado SEGUNDO, queda claro,
que es la oficina del Catastro
la que determina la entrega de la parcela sobrera a los dueños de las fincas
colindante. Con el objetivo de poder regularizar
y normalizar la situación
registrar de la finca, de acuerdo con la nueva alineación.
Sin embargo, esté Ayuntamiento entendió en su día, que era esté el que regala a los vecinos afectados
esas parcelas sobrantes. (O al menos, así nos lo hizo creer). Lo que
supuso un cambio drástico en su comportamiento. Ya que hasta ese
momento, se pasaba de estar vendiendo esas parcelas sobreras al que lo
solicitaba, (y no por poco dinero, ya que por una parcela sobrera idéntica
a la mía, se pedía casi 23 Millones más IVA de las antiguas Ptas.)(como puedo
demostrar). Por consiguiente, Se pasaba de estar cobrando una barbaridad, a regalar las mismas? Ante esto ¿Quién se
podía resistir a la hora de firmar el documento que nos ofrecía el
Ayuntamiento…?
Hoy, visto desde la distancia y desde una perspectiva distinta y con el
debido asesoramiento, constatamos que lo que (parece) que se hizo por parte del
Ayuntamiento, fue, poner en practica un sistema mediante el cual, y
aprovechándose de la ignorancia, que a este respecto teníamos los
vecinos afectados, poder conseguir la firmar de conformidad al pago de unas
Contribuciones Especiales que de hecho, (ya no nos pertenecía pagar). Dado que
cuando se consigue esta firma, las obras en la calle Budapest ya estaban terminadas (y en mi caso, desde
hacia 4 años). Como puedo demostrar.
Ante esta situación, la pregunta es obvia, ¿Y porqué aceptamos firmar este
acuerdo…? La respuesta a esa pregunta es la siguiente: Desde que se dio a
conocer por parte del Ayuntamiento el Proyecto de Obras para la Urbanización de
la calle Budapest, los terrenos colindantes a nuestra fincas, aunque no los
tuviésemos inscritos en nuestra escritura, (por el hecho de que sí estábamos
pagando la Contribución correspondiente de los mismo), considerábamos que esos
terrenos eran de nuestra propiedad. Y es por este motivo por el que llegamos a
un contencioso contra el Ayuntamiento. Defendiendo un reparto equitativo a la
hora de repartir las cargas de las Contribuciones Especiales.
Contencioso Administrativo que inexplicablemente perdimos los vecinos,
cargándose el 50% aproximado del coste de la obra a una sola parte de la calles Budapest, es decir, a la parte
que daban la fincas de Vallespir. Mientras que la parte de enfrente (propiedad
de VIMUSA), y como parte que es del Ayuntamiento, NO soportó ninguna carga de
ese 50%. Hecho este, que no se ha dado
nunca, ya que cuando se urbaniza una calle, lo justo es que el coste de la
misma se reparta en ambos lados.
Como antes decía, esos terrenos colindantes a nuestras fincas, los que
creímos de nuestra propiedad, nos encontramos con la sorpresa que un buen día
el Ayuntamiento decide plantearles a algunos vecinos la venta de las parcelas
sobreras. Parcelas que de hecho venden
y cobran a los que deciden construir por la parte de calle Budapest.
Facilitando además a todos los interesados un INFORME DE VALORACIÓN DE LA PARCELA
DE LA CALLE BUDAPEST. Informe que usted Sr. Alcalde debe de conocer ya que en
ese momento era el Regidor responsable de Urbanismo. Y del que también si lo
desea puedo aportar copia.
Con semejante panorama, y debido al pode adquisitivo de los vecinos
afectados, la compra de esas parcelas sobreras no estaban al alcance de
(prácticamente) ningún vecino. Pero cuando ya habíamos perdido la posibilidad
de obtener esos terrenos que lindaban con nuestras fincas, es cuando el
Ayuntamiento decide cambiar de postura, (y de llegar a querer cobrarnos casi 30
Millones Ptas). Nos convoca a esa Comparecencia a la que antes me
refería, y nos ofrece a cambio de
aceptar unas contribuciones Especiales unas parcelas valoradas en mucho
dinero. Y es aquí, cuando entra en juego el (presunto) “ENGAÑO” al que nos
sometió este Ayuntamiento.
Ante esta situación, ¿Quién podía negarse a la propuesta que se nos
hacia…el Ayuntamiento? En mi caso, la respuesta fue inmediata ¿Dónde
hay que firmar? Lógicamente, de haber tenido la información y el asesoramiento
del la que hoy dispongo, mi respuesta no había sido la misma. Por consiguiente,
el Ayuntamiento (que si era el que disponía de información) en este caso la del
Catastro, el cual decía “Que
las parcelas sobreras debían ser entregadas a las fincas colindante a las
mismas (sin más costes).
Y es a partir de esta situación, cuando el Ayuntamiento decide entregar los
terrenos que el Catastro reconoce
como nuestros. Pero no estaba dispuesto hacerlo sin obtener nada a
cambio.
Por consiguiente, este Ayuntamiento (presuntamente) nos sometió de “forma engañosa” a una especie
de “chantaje” ¿O firmabas la aceptación el pago de unas
Contribuciones Especiales (que de ningún modo nos pertenecían). O no te proporcionaban el documento necesario para poder regularizar o
normalizar tu finca (Incumpliendo
así, lo que decía la oficina del Catastro). La prueba más evidente de que esto fue así, la tenemos, ya que a los
vecinos que NO accedieron venir al Ayuntamiento a la firma de ese acuerdo, (al menos 3 de ellos), no han
podido regularizar su finca por carecer de la documentación necesaria.
Lo que demuestra que al no tener (estos 3 vecinos) en su escritura añadido
como EXCCESO DE CABIDA esa parcela sobrera, al no lindar (legalmente) su
finca con la calle (Budapest) afectada por las obras, esté Ayuntamiento NO ha podido girarle recibo alguno de
Contribuciones Especiales. Lo que significa, que cuando los vecinos que
firmamos el documento (por el cual el Sr. Aventín (al parecer) se apoya), en mi
caso, el 14 de Noviembre de 2007, en dicha
fecha, (y como usted sabe Sr. Sánchez) las obras afectadas por las
Contribuciones Especiales, es decir las de la calle Budapest, ya hacían 4 años que estaban terminadas.
(Como de hecho, puedo demostrar).
Lo que significa Sr. Alcalde, que (presuntamente) a “SABIENDAS” se nos estaba ofreciendo, y de forma “ILEGAL” firmar la aceptación de
unas Contribuciones Especiales que en modo alguno nos pertenecía pagar.
Por lo que considero INJUSTO y lo que (presuntamente) parece una
clara “MANIPULACIÓN” de este Ayuntamiento, que de forma “ENGAÑOSA”
y utilizando el “CHANTAGE” se llamen a
personas que por ignorancia
acepten FIRMAR el pago de unas contribuciones que (como es mi caso), de ningún
modo me pertenecía pago alguno. Condicionándonos además (vergonzosamente), a no
poder ni tan siquiera “IMPUGNAR” lo
que firmábamos, lo que significa un claro ABUSO DE PODER por
parte de esté Ayuntamiento.
En mi caso todavía se izo más patente ese (presunto) “engaño o abuso de poder”, ya que como puede verse en el
apartado CINCO (del documento de fecha 14 de Noviembre de 2007) también
me hacen renunciar a un expediente de
expropiación. Solicitado en el año 2002 (según consta con el nº de
entrada CEN2002014283): Y según el cual me hacían renunciar al mismo “Por reconocer que no había causa
expropiatória.
Quizá yo, (por desconocimiento o ignorancia), no sabia bien lo que firmaba, pero usted Sr. Sánchez si que
conocía perfectamente lo que me dio a firmar. ¿Porque si no había causa
expropiatória, porque tener que renuncias a ello…? Por lo que estamos ante una situación un tanto “incoherente”. ¿Ya que si se me
reconoce el derecho a pagar unas Contribuciones Especiales. Quiere decir, que
también tendría derecho a la expropiación solicitada? ¿Y si ese derecho
existe, porqué (y con su
consentimiento Sr. Juan Carlos Sánchez)
me hicieron renunciar aprovechándose de mi ignorancia, utilizando (presuntamente)
el “ENGAÑO”.
En cualquier caso, poner en su conocimiento Sr. Alcalde, que tanto el
recibo girado por este Ayuntamiento, como el compromiso al que alude el Sr.
Aventín, en mi caso, los dos están
prescritos. Como de hecho se
puede comprobar con las fechas. A lo que hay que añadir también, que en la
fecha de realización de las obras, mi finca NO lindaba (legalmente), con
la calle afectada por las mismas.
De todo lo antes expuesto, quizás lo más grave sea, que ha todo a lo que se
le han sometido a muchos vecinos/as de
la calle Vallespir, y en mi caso en concreto, es que fue con
su consentimiento. Ya que como puede verse, junto a la firma de la Abogada responsable
de la Sección de Patrimonio, Señora Meritxell Monfor, se encuentra también la suya Sr. Sánchez (como responsable de urbanismos en
aquel momento)
¿Y señor Alcalde, los vecinos de Vallespir en aquel momento, desconocíamos
nuestros derechos. Pero dudo y mucho, que usted no supiese lo que se estaba
haciendo en todo momento? Aunque quiero pensar Sr. Sánchez, que cuando le pasaron a firmar el documento que
le (adjunto), no se molestó en leerlo. Ya que de acuerdo con la Ley, si se hace algo a sabiendas. Y ese algo es ilegal,
lo que se está haciendo, no es otra cosa que PREVARICAR.
En cualquier caso Sr. Sánchez.
(Entonces como Regidor de Urbanismo), fue competencia suya este asunto
¿Y no resolvió el caso? Ahora como Alcalde, sigue siendo de su competencia. Por
consiguiente, en sus manos está el darle
una solución justa a tanto ATROPELLO.
En virtud, por lo anteriormente expuesto,
A V.I. SOLICITO: Que teniendo
por presentado este escrito, se sirva admitirlo y dar cumplimiento a lo
establecido en la ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES y conforme a
su Capitulo IX: Gestión, liquidación, inspección y recaptación. Articulo
16e y a todo lo que establece la Ley
General Tributaria. Así como a todo lo planteado en este escrito.
En Sabadell, a 20 de Marzo de 2013
ILTRE.SR. ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SABADELL.
Documentos que se aportan:
-
Escrito de
comparecencia de fecha 14 de Noviembre de 2007.
-
Documento por
el que se obtiene mediante el (presunto)
“engaño” y “chantaje” la firma de conformidad al pago de Contribuciones
Especiales y que el mismo, también se encuentra PRESCRITO. Y del que en
todo caso, seria ‘ilegitimo’ (la utilización del mismo) por la forma en que se
consiguió su firma.
Ante el incumplimiento de dar repuesta a la que estipula la Ley (dos meses), lo que demuestra una vez más que el tipo de gobierno que tenemos sigue siendo el mismo que dirigía Bustos y su ‘prepotencia’ y ‘abuso de poder’ es lo que sigue ahora imperando en su hombre de paja. Nuestro adorado y flamante nuevo alcalde Juan Carlos Sánchez.
COMO
ACTÚA LA OPOSICIÓN ANTE LA DEFENSA DEL
CIUDADANO
Como era de
esperar, y teniendo en cuenta las forma en que actúan hoy algunos partidos
políticos movidos estos, más que por defender a los ciudadanos, estos, sólo
actúan cuando obtienen “réditos políticos”,
y dado que con los vecinos y vecinas de Vallespir más bien estos ‘réditos’ son
escasos, y si además tenemos en cuenta que unos políticos como son los de CIU en
estos momentos están ‘pasteleando’ con
los políticos de Bustos (encarnados hoy en la figura de J.C. Sánchez), y otros
prestándose a ser ‘muleta’
del mismo. Tan sólo han quedado, por un lado, los de EUiA, que se han
interesado por nuestro tema, (comprometiéndose a convocarnos a una reunión con el fin
de darle una salida al mismo). Cosa que hasta este momento no han convocado la
misma.
De otro lado, es de nuevo la ENTESA (que siguiendo
su línea coherente) , es la que toma cartas en el asunto y determinan (aunque
de una forma, a nuestro modo de ver, poco contundente, pero que como primer pasó
puede ser efectivo), enviarle al alcalde el siguiente escrito:
Il·lustríssim
Senyor Juan Carlos Sánchez
Alcalde President de l’Ajuntament de
Sabadell
Hem tingut coneixement de què
recentment s’ha notificat als veïns afectats per les contribucions especials
del Carrer de Vallespir que havien de pagar els rebuts emesos en data 31 de juliol
de 2007.
Voldríem conèixer per quin motiu es
reclamen ara aquestes contribucions especials, gairebé 6 anys després de la
seva aprovació, un termini que entenem que és suficient perquè hagin prescrit.
Atentament,
Virginia Domínguez Álvarez
Regidora Portaveu d’Entesa per Sabadell
Sabadell, 26 d’abril de 2013
Por lo que me comenta Virgínia, los cuatro días que
tiene de plazo el alcalde para responder por Ley a los grupos politicos,
tambien estos se los ha pasado por el ‘forro’. Aunque finalmente le han contestado esto:
Lo cual quiere decir, que nos mantendremos expectantes a
las nuevas ‘mentiras’ que pueda
inventar el alcalde, así como a la postura que los distintos grupos
puedan tomar al respecto en la convocada comisión informativa del área de
Habitage, Urbanismo y
Espacio Publico el próximo día 28.
¿Así de bien se comporta nuestro gobierno en el
Ayuntamiento ante las reclamaciones de sus ciudadanos? ¿Y así de bien actúan algunos políticos
ante la defensa de estos?
Sabadell y sus ciudadanos no se merecen la mayoría de los
políticos que tenemos , y una cosa sí que tenemos que tener clara ¿O la ciudadanía
echamos a los que sólo buscan ‘mantenerse en el sillón’(y vivir del cuento), o con el elenco de
celebridades que tenemos, nunca veremos que en nuestro Ayuntamiento se levanten
las alfombras?