miércoles, 22 de mayo de 2013

ANTE LOS PROBLEMAS CIUDADANOS ¿QUÉ TIPO DE GOBIERNO TENEMOS EN SABADELL? ¿Y QUÉ TIPO DE POLÍTICOS EN LA OPOSICIÓN?



VALLESPIR INFORMA:

Casi una década después de que se pusieran en marcha la implantación de Contribuciones Especiales a los vecino/as de la calle Vallespir, en  las denominado PROYECTO DE URBANIZACIÓN PARA LA IMPLANTACIÓN DE SERVICOS A LA CALLE BUDAPEST Y CALLE NORTE, ENTRE LAS CALLES DE VALLESPIR Y NAPOLES. Y mientras el gobierno de Bustos abusaba de su poder incluyendo en los presupuestos partidas como las expropiaciones que se habían realizado en la calle Norte. O el desplazamiento de una línea de alta tensión (librando de ese pago  a la compañía eléctrica…o quizás también cobrándolo a ella), hasta el hecho de cargar el total del costo de las obras a solo una parte de la calle Budapest, es decir, que dado que las fincas pertenecientes a la acera de enfrente  a Vallespir, por ser estas de propiedad del Ayuntamiento quedaron exentas de pago. Algo que nunca se había dado en nuestro municipio, que sólo pagaran las obras de una calle, sólo una parte de la misma y no el conjunto de la misma.

Mientras todo esto sucedía y se intentaba robar a los vecinos de Vallespir (para permitir que Busto siguiera haciendo acopio de dinero público para malgastarlo en ‘canapés’ y en comilonas y fotos. La oposición del momento compuesta por CIU, ERC y ICV-EUiA ‘miraban para otro lado’. Y a pesar de que Bustos se encontraba en mayoría se sometieron estos a los antojos de Bustos y se prestaron a sus ‘manejos’ formando parte de su gobierno. Por lo que sólo caviar recurrir a la ENTESA que eran los únicos que (como siempre) no se prestaron  a que se pudiese engañar al ciudadano.

De todo lo que se pretendía hacer a los vecinos y vecinas de Vallespir, fueron conocedores todos y cada uno de los partidos políticos integrados en los Grupos municipales. Sin embargo, sólo fue la ENTESA la que se preocupó del tema presentando alguna moción. Mociones que como eran de esperar no prosperarían  dada la constitución del Gobierno que presidía Bustos. Lo que dio lugar a grandes movilizaciones y a un Contencioso Administrativo por parte de los vecinos (y como suele ocurrir casi siempre), la justicia se inclina por darle palos a los más débiles y da la razón al Ayuntamiento. No obstante, le obligaba a sólo cargar  a los vecinos  como máximo el 50% del coste de la obra. Pero el juez, no tubo en cuenta que en los costes de las obras se habían incluido partidas que no pertenecían a la misma, como las, expropiaciones realizadas en la calle Norte, o el enterramiento y desplazamiento de la línea de alta tensión.

Con lo cual, ese 50% excedía (y en mucho), de lo que tenían que pagar estos vecinos.
Teniendo en cuenta además, que el coste total de las obras sólo se les cargó a los vecinos que sus finas lindaban con la calle Vallespir. Dejando exento de pago a las fincas de la cera de enfrente por ser estas de propiedad del Ayuntamiento, hecho este que nunca se había dado en nuestra ciudad que una parte de la calle no pagara, con el correspondiente recargo  que significó para los demás vecinos. Todo un “chanchullo” consentido por los partidos que entonces  formaban gobierno con Bustos.

Ante el “chanchullo” que el Ayuntamiento había montado, esté, no se atreve a girarle el recibo correspondiente a los vecinos que no tenían normalizadas sus fincas, ya que eran conscientes de que algunos estábamos dispuestos a impugnar su pago.

Y es ahora nueve años después de que las obras terminaran (y seguramente obligados por la falta de recursos económicos de los que padece nuestro Ayuntamiento), y también, por que de alguna forma estaban obligados a tener que justificar unas obras que en su conjunto no estaban  cerradas. Y es, cuando de nuevo ponen en marcha un procedimiento mediante el cual poder, por un lado, obtener recursos, y de otro, cerrar un expediente al que estaban obligados a justificar.

Por tanto, y debido a la tardanza con que se trata de cobrar, se “MANIPULAN”  la fecha de la terminación de las obras (con el fin de que “cuele”), y de unas obras que estaban acabadas el año 2004 (según consta en el documento  que se adjunta, (firmado por Juan Carlos Sánchez).

En el recibo enviado, se cambian las fechas y de Mayo del 2004 se pasa a 31/01/ 2007. Aun así, la fecha manipulada también se encuentra prescrita. A lo que hay que añadir la forma ‘vergonzosa’ en la que el Ayuntamiento  obtuvo el documento mediante el cual conseguir con el (presunto) “engaño” y el “chantaje”, la conformidad al pago de estás. 




Aquí os dejamos copias del documento mediante el cual se puede ver como están cargados al presupuesto los 3.788´918€ por el desplazamiento de la línea eléctrica.















También, copia del escrito donde Juan Carlos Sánchez informa de la fecha en la que acabaron la obras (Mayo del 2004) y no el 31/01/ 2007, como aparece en los recibos facturados por el Ayuntamiento.


Ante este  nuevo intento de ‘atropello’ a los vecinos de Vallespir por parte del Ayuntamiento, y ante el estar pasando a cobro unos recibos que de acuerdo con la ORDENAZA DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES estos estaban PRESCRITOS. Se decide por parte de varios vecinos. Por un lado,  poner en conocimiento de todos los Grupos Municipales de la Oposición, el atropello que el Ayuntamiento estaba realizando con el cobro de dichas Contribuciones a los vecinos u vecinas de Vallespir, dándole a conocer la reclamación que hacíamos al respecto.

Entregada en fecha 15/01/2013 que decía lo siguiente: Y que la misma se pasó por el ‘forro’ el Ayuntamiento. Incumpliendo la Ley por la que está obligado a responder. En (dos meses).


EXPONGO
Conforme al recibo enviado por este Ayuntamiento referente al pago de contribuciones especiales sobre la URB. IMPLANTACIÓN DE SERVICIOS C/. BUDAPETS Y NORTE, y con Expediente: 2000CESPOO601, con fecha de aprobación   31/01/2007. De acuerdo con la ORDENANZA GENERAL DE CONTRUBACIONES ESPECIALES y conforme a su Capitulo IX: Gestión, liquidación, inspección y recaptación.

Y a lo especificado en su articulo 16e. La liquidación, la inspección y la recaptación de las contribuciones especiales se harán en la forma, los términos y las condiciones que establece la Ley General Tributaria, las otras leyes del Estado reguladores de la materia, la ordenanza fiscal y las disposiciones para la realización.

De acuerdo con lo que se especifica en dicho Articulo 16e, el recibo que este Ayuntamiento me ha pasado a cobro, se encuentra Prescrito.

Con motivo de aclarar esta anomalía, pido en el departamento de Urbanismo información al respecto, enviándome al Letrado de este Ayuntamiento Sr. Aventín Bonson. Esté reconoce haberse enviado al cobro el correspondiente recibo, con un “poquintin” de retraso, pero que no obstante, tenemos un acuerdo firmado con el Ayuntamiento por el cual nos comprometemos al pago de dichas contribuciones.

Por lo que se pide a quien corresponda, nos defina (con claridad) en que parte de ese cuerdo dice lo contrario a lo establecido en la Ordenanza General de Contribuciones Especiales, ya que como se dice antes, en su artículo 16e, la liquidación, y la recaptación (cobro), están bien definidas, ya que explica (con claridad), que se harán en la forma, los términos y las condiciones que establece la Ley General Tributaria,

Tomando como referencia el acuerdo firmado con este Ayuntamiento, en su apartado TERCERO, define en una parte de mismo lo siguiente: El Ayuntamiento procederá a liquidar a los comparecientes la correspondiente cuota del repartimiento de las contribuciones especiales. Refiriéndose, más adelante, al importe, así como a abonar el citado tributo.

Esta claro, que en todo momento en este apartado se está ablando de importes,  a liquidar, o abonar, es decir, al pago de un tributo.
Tratándose de un pago (que es lo que recoge el acuerdo en este apartado), el abono del mismo, no puede eternizarse en el tiempo. Esa deuda, tiene un tiempo de pago regulado por la Ordenanza General de Contribuciones Especiales, y dado que estamos hablando de importes a abonar o liquidar, estos, como indica la Ordenanza tienen una fecha de caducidad, y (dada la fecha de aprobación del recibo pasado a cobro 31/01/2007), el mismo está fuera del tiempo establecido por esa Ley, por consiguiente. Prescrito su cobro.

 Por todo lo cual: SOLICITO
Me sean retirados todos los pagos referentes a dichas Contribuciones Especiales de acuerdo con lo que dice la Ordenanza General de Contribuciones Especiales y conforme a la Ley General Tributaria.


COMO ACTÚA AYUNTAMIENTO Y POLITICOS

Ante la “callada por respuesta, decidimos enviar escrito de reclamación en este caso, al alcalde, poniendo al mismo tiempo, en conocimiento de los grupos políticos de la oposición dicha reclamación, haciéndolo mediante un escrito dirigido a ellos con copia del que se le hacia al alcalde:

A LOS GRUPOS MUNICIPALES

Como recordarán a este Grupo Municipal le fue entregado por una comisión de vecinos de la calle Vallespir una serie de documentación mediante la cual se os ponía en conocimiento una serie de hechos que el Ayuntamiento había emprendido contra algunos vecinos de esta calle.

En la documentación entregada se detallaban el “abuso de poder” que el Ayuntamiento estaba ejerciendo contra un determinado numero de vecinos, e incluso, al (presunto) “chantaje” que muchos de ellos fueron objeto y del que participó (entre otros),el que hoy es alcalde de la ciudad Señor Juan Carlos Sánchez. Entonces Regidor de Urbanismo.




Junto a esa documentación también se os dio a conocer, la reclamación realizada al Ayuntamiento mediante la cual, se determinaba que las Contribuciones Especiales que el Ayuntamiento pretendía cobrar a estos vecinos (y que de hecho están cobrando), las mismas (y de cuerdo con la ORDENANZA GENERAL DE CONTRUBUCIONES ESPECIALES), han prescrito por estar las obras terminadas desde el año 2004 y pasadas a cobro el importe de dichas obras, en 2013.

Y si nos acogemos al documento de COMPARECENCIA  mediante el cual aceptábamos pagar las contribuciones Especiales (y tal como se explica en el escrito enviado al alcalde), el mismo (además de estar también prescrito), la firma de conformidad de esté documento, la obtuvo el Ayuntamiento mediante el (presunto) “engaño” y el “chantaje”.

Con respecto a esta primera reclamación, comunicaros que el Ayuntamiento ha incumplido la legislación vigente, y a los dos meses que prevé la Ley para contestar la misma, estos señores del (PSC) se han pasado por el ‘forro’ lo que determina la Ley. Con el consecuente perjuicio que ello conlleva a los reclamantes (ya que como antes decíamos, se están cobrando estas contribuciones (a pesar de estar prescritas), y en algún caso, hasta con recargos). Por lo que de nuevo el Ayuntamiento demuestra un claro (abusando de poder), ‘atropellando’ derechos de los ciudadanos.

Ante esta situación, hemos decido algunos vecinos (en vista del ‘silencio administrativo’ que emplea el Ayuntamiento), dirigirnos directamente al alcalde y en este caso, se os aporta uno de los escritos entregado, mediante el cual se  pone en conocimiento una serie de hechosgraves’ y que creemos pueden ser también de vuestro interés. Teniendo en cuenta, que aunque el escrito entregado al alcalde se hace a titulo individual, lo cierto es, que lo contemplado en este, salvo en algún aspecto puntual, sirve de referencia para el resto de vecinos.

También se pone de manifiesto, que el alcalde se salta a la torera la ‘obligación’ que todo alcalde con un mínimo de dignidad debe de tener para sus  conciudadanos y no casi dos meses después de recibir la segunda reclamación ‘calle…’. Demostrando con esa actitud que la ‘era de Bustos’ y su ‘talante’ aun continua.

Como es obvio, este Ayuntamiento se va acoger  a esa Norma o Ley, denominada silencio administrativo (en este caso local), la cual, da la razón al que ‘calla…’ (Es decir, en este caso. Al Ayuntamiento). Por consiguiente, cuando un ciudadano se dirige a esté con cualquier reclamación, y esté decide no contestad, ‘incomprensiblemente’ (y dado que el que reclama es el más desprotegido), encima esta Ley o Norma ‘estima’ que la razón no la tiene el que reclama, si no el que ‘no’ contesta. ¿Todo un ejemplo de democracia… La de esta Norma y de aquellos que se acogen a ella?

Los ciudadanos no entendemos que una Norma o Ley de este tipo (y como se da el caso en Sabadell, que estando el Ayuntamiento en ‘minoría’), la oposición no  haya tratado de cambiar ya esta situación. Por lo que esperamos, que al menos os opongáis a que el alcalde no haga uso de ella. Ya que lo contrario, seria dejar ‘indefenso’ al ciudadano que carezca de recursos para enfrentarse a una Norma o Ley tan INJUSTA.

Por todo lo cual, y considerando que vuestro Grupo Municipal forma parte de una oposición que tiene la obligación de defender los intereses de los ciudadanos, es por lo que pedimos os impliquéis en este asunto a fin de que se puede dilucidar todo este tema y finalmente se trate de hacer justicia a lo que este Ayuntamiento trata de imponer a algunos de los vecinos de la calle Vallespir utilizando un claro ‘abuso de poder’ contra los vecinos y además, no respetando lo impuesto por la Ley.

Por ultimo, y dado que la oposición se encuentra en ‘mayoría’, no cabrían excusas posibles a la hora de atajar este asunto, por lo que una forma  de hacerlo podría ser mediante una Moción, y si la misma se decide llévala acabo, pueden dirigirse  (para cualquier aclaración o aportación de la documentación necesaria al respecto) al miembro de la Comisión de Vecinos y afectado  Juan Quirós Tel. 616629900, o al correo- quirosrp@hotmail.com .

Y como representantes legales de todos los ciudadanos ante la Administración Local, es de vuestra responsabilidad la implicación que en este asunto se espera de aquellos que tiene la obligación de velar por los intereses de todos y cada uno de los vecinos de Sabadell, y del mismo modo seáis participes en exigir que se haga respetar la ‘legalidad vigente’ en este Ayuntamiento, y sobre todo la respete, su alcalde. Y no se consienta (de ninguna forma), que se puedan atropellar’ los derechos de cualquier ciudadano.

Agradeciendo de antemano vuestra colaboración, reciban un cordial saludo de los vecinos de Vallespir.

              
                          Juan Quirós                                    Ángel López



Comisión de Vecinos de Vallespir.

Sabadell. Mayo de 2013.



ESCRITO DIRIGIDO AL ALCALDE


Ante el incumplimiento de dar repuesta a la que estipula la Ley (dos meses), lo que demuestra una vez más que el tipo de gobierno que tenemos sigue siendo el mismo que dirigía Bustos y su ‘prepotencia’ y ‘abuso de poder’ es lo que sigue ahora imperando en su hombre de paja. Nuestro adorado y flamante nuevo alcalde Juan Carlos Sánchez.

ILTRE. SR. ALCALDE DE SABADELL

Juan Quirós Cabello, mayor de edad, vecino de Sabadell, con domicilio en la calle Vallespir nº.-- provisto del D.N.I.---------, ante V. I. comparece y con el debido respeto EXPONE:

Que como consecuencia de haber recibido un recibo con referencia 0120020832   99, en el que se especifica el concepto de pago de Contribuciones Especiales.  Decir, que con fecha 7 de Enero de 2013 me dirigí al departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento con el fin de pedir aclaraciones, respecto a que la fecha por la que se me enviaba dicho recibo, esté había prescrito. Proporcionándome en este departamento el teléfono de la persona responsable mediante la cual poder aclárame lo planteado al respecto.

Puesto al habla (telefónicamente) con el Sr. Aventín Bonson (al parecer), Abogado responsable de las Contribuciones Especiales de este Ayuntamiento, le comunico, que el recibo que se me había enviado con fecha de aprobación: 31/1/2007, el mismo se encontraba prescrito de acuerdo con lo especificado por la Ley al respecto.

Ante los hechos planteados, la respuesta de esté señor fue la siguiente: ¿”Es cierto, que la comunicación pasada a cobro de este recibo se ha hecho un “poquitin tarde”, pero no obstante, aparte de que la comunicación estuviera “fuera de plazo” había un compromiso firmado por el cual el Ayuntamiento cedía una porción de terreno a cambio de aceptar el pago de esas Contribuciones Especiales”? Entre otras cosas.

Las explicaciones que el Sr. Aventín me ofrecía, todas ellas, las hacia basándose en una apreciación personal, y en todo caso, acogiéndose al documento firmado por mí en este Ayuntamiento con fecha 14 de Noviembre de 2007. No basándose este señor, en Ordenanza o Ley alguna que reforzara su planteamiento.

Por lo qué, con fecha 15/1/2013  presenté escrito de reclamación ante este Ayuntamiento. Acogiéndome  a lo estipulado por la ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES. Articulo 16e, basado este en las condiciones que establece la Ley General Tributaria.

A tal efecto, le comunico al departamento correspondiente (mediante la reclamación), que de cuerdo con la Ley citada, el recibo que se me enviaba había prescrito. No obstante, decidí no efectuar el pago del mismo, por considerar que de haberlo hecho, estaba de alguna forma reconociendo una deuda a este Ayuntamiento. Mantenerme a la  espera de la respuesta a la reclamación planteada.

Con fecha 14/3/2013, he recibido un nuevo recibo con referencia 0706285330  60. Es decir, cuando lo que por Ley (dos meses de espera) correspondía dar respuesta por parte de este Ayuntamiento a la reclamación plateada en fecha 15/1/2013, lejos de cumplir lo estipulado por la Ley, este Ayuntamiento hace omisión a su deber, no contestando a la reclamación que se le había formulado. Y lo que sí hace, es imponerme un recargo por no pagar  a tiempo el recibo girado. Sin dar más explicaciones.

Demostrando con esta actitud, que lo que este Ayuntamiento “EXIGE” para sus conciudadanos, no se aplica así mismo esa exigencia. De mostrando con ello, un talante AUTORITARIO y ANTIDEMOCRÁTICO. Propio de otros tiempos.

Ante este proceder, y (visto que para algunos departamentos de este Ayuntamiento) el cumplimiento de la Ley es algo que “desconocen”, es por lo que he decido dirigirme a usted (que como Alcalde que dice ser de todos), espero sepa poner orden dentro del Ayuntamiento que preside, haga cumplir la Ley (¿Y no solo para una de las parte?), y sobre todo (ya que los que tienen la obligación de hacerlo, no lo hacen), atienda la reclamación de un ciudadano.

A tal efecto, quisiera poner en su conocimiento algunos aspectos de mi reclamación:

En la conversación mantenida con el Sr. Aventín,  esté,  se acoge a un documento de COMPARECENCIA que firmamos mi señora y yo, en fecha 14 de Noviembre de 2007, por el que aceptábamos pagar las Contribuciones Especiales. Curiosamente, lo que me dice el Sr. Aventín de palabra, no tiene la dignidad de hacerlo por escrito. Como así se lo solicité.

 Resultando, que en dicho documento de CONPARECENCIA al que se refiere el Sr. Aventín, en su apartado SEGUNDO, dice: “Que según información que consta en la oficina del Catastro, sin que sea necesario regularizar la propiedad mediante compra de pardela sobrera municipal. En este sentido, para regularizar la situación registrar de la finca, los comparecientes  procederán a la reducción o mayor cabida que s´escaigui para normalizar la superficie de la finca en el Registro de la Propiedad a la superficie que según alineación de planeamiento tenga el solar desde Vallespir a la calle Budapest.”

Conforme a lo que se especifica en este apartado SEGUNDO, queda claro, que es la oficina del Catastro la que determina la entrega de la parcela sobrera a los dueños de las fincas colindante. Con el objetivo de poder regularizar y normalizar la situación registrar de la finca, de acuerdo con la nueva alineación.

Sin embargo, esté Ayuntamiento entendió en su día, que era esté el que regala a los vecinos afectados esas parcelas sobrantes. (O al menos, así nos lo hizo creer). Lo que supuso un cambio drástico en su comportamiento. Ya que hasta ese momento, se pasaba de estar vendiendo esas parcelas sobreras al que lo solicitaba, (y no por poco dinero, ya que por una parcela sobrera idéntica a la mía, se pedía casi 23 Millones más IVA de las antiguas Ptas.)(como puedo demostrar). Por consiguiente, Se pasaba de estar cobrando una barbaridad, a regalar las mismas? Ante esto ¿Quién se podía resistir a la hora de firmar el documento que nos ofrecía el Ayuntamiento…?

Hoy, visto desde la distancia y desde una perspectiva distinta y con el debido asesoramiento, constatamos que lo que (parece) que se hizo por parte del Ayuntamiento, fue, poner en practica un sistema mediante el cual, y aprovechándose de la ignorancia, que a este respecto teníamos los vecinos afectados, poder conseguir la firmar de conformidad al pago de unas Contribuciones Especiales que de hecho, (ya no nos pertenecía pagar). Dado que cuando se consigue esta firma, las obras en la calle Budapest ya estaban terminadas (y en mi caso, desde hacia 4 años). Como puedo demostrar.

Ante esta situación, la pregunta es obvia, ¿Y porqué aceptamos firmar este acuerdo…? La respuesta a esa pregunta es la siguiente: Desde que se dio a conocer por parte del Ayuntamiento el Proyecto de Obras para la Urbanización de la calle Budapest, los terrenos colindantes a nuestra fincas, aunque no los tuviésemos inscritos en nuestra escritura, (por el hecho de que sí estábamos pagando la Contribución correspondiente de los mismo), considerábamos que esos terrenos eran de nuestra propiedad. Y es por este motivo por el que llegamos a un contencioso contra el Ayuntamiento. Defendiendo un reparto equitativo a la hora de repartir las cargas de las Contribuciones Especiales.

Contencioso Administrativo que inexplicablemente perdimos los vecinos, cargándose el 50% aproximado del coste de la obra a una sola parte de la calles Budapest, es decir, a la parte que daban la fincas de Vallespir. Mientras que la parte de enfrente (propiedad de VIMUSA), y como parte que es del Ayuntamiento, NO soportó ninguna carga de ese 50%.  Hecho este, que no se ha dado nunca, ya que cuando se urbaniza una calle, lo justo es que el coste de la misma se reparta en ambos lados.

Como antes decía, esos terrenos colindantes a nuestras fincas, los que creímos de nuestra propiedad, nos encontramos con la sorpresa que un buen día el Ayuntamiento decide plantearles a algunos vecinos la venta de las parcelas sobreras. Parcelas que de hecho venden y cobran a los que deciden construir por la parte de calle Budapest. Facilitando además a todos los interesados un INFORME DE VALORACIÓN DE LA PARCELA DE LA CALLE BUDAPEST. Informe que usted Sr. Alcalde debe de conocer ya que en ese momento era el Regidor responsable de Urbanismo. Y del que también si lo desea puedo aportar copia.

Con semejante panorama, y debido al pode adquisitivo de los vecinos afectados, la compra de esas parcelas sobreras no estaban al alcance de (prácticamente) ningún vecino. Pero cuando ya habíamos perdido la posibilidad de obtener esos terrenos que lindaban con nuestras fincas, es cuando el Ayuntamiento decide cambiar de postura, (y de llegar a querer cobrarnos casi 30 Millones Ptas). Nos convoca a esa Comparecencia a la que antes me refería, y nos ofrece a cambio de aceptar unas contribuciones Especiales unas parcelas valoradas en mucho dinero. Y es aquí, cuando entra en juego el (presunto) “ENGAÑO” al que nos sometió este Ayuntamiento. 

Ante esta situación, ¿Quién podía negarse a la propuesta que se nos hacia…el Ayuntamiento? En mi caso, la respuesta fue inmediata ¿Dónde hay que firmar? Lógicamente, de haber tenido la información y el asesoramiento del la que hoy dispongo, mi respuesta no había sido la misma. Por consiguiente, el Ayuntamiento (que si era el que disponía de información) en este caso la del Catastro, el cual decía “Que las parcelas sobreras debían ser entregadas a las fincas colindante a las mismas (sin más costes).

Y es a partir de esta situación, cuando el Ayuntamiento decide entregar los terrenos que el Catastro reconoce como nuestros. Pero no estaba dispuesto hacerlo sin obtener nada a cambio.

Por consiguiente, este Ayuntamiento (presuntamente) nos sometió de “forma engañosa” a una especie de “chantaje”  ¿O firmabas la aceptación el pago de unas Contribuciones Especiales (que de ningún modo nos pertenecían). O no te proporcionaban el documento necesario para poder regularizar o normalizar tu finca (Incumpliendo así, lo que decía la oficina del Catastro). La prueba más evidente de que esto fue así, la tenemos, ya que a los vecinos que NO accedieron venir al Ayuntamiento a  la firma de ese acuerdo, (al menos 3 de ellos), no han podido regularizar su finca por carecer de la documentación necesaria.

Lo que demuestra que al no tener (estos 3 vecinos) en su escritura añadido como EXCCESO DE CABIDA esa parcela sobrera, al no lindar (legalmente) su finca con la calle (Budapest) afectada por las obras, esté Ayuntamiento NO ha podido girarle recibo alguno de Contribuciones Especiales. Lo que significa, que cuando los vecinos que firmamos el documento (por el cual el Sr. Aventín (al parecer) se apoya), en mi caso, el 14 de Noviembre de 2007, en dicha fecha, (y como usted sabe Sr. Sánchez) las obras afectadas por las Contribuciones Especiales, es decir las de la calle Budapest, ya hacían 4 años que estaban terminadas. (Como de hecho, puedo demostrar).

Lo que significa Sr. Alcalde, que (presuntamente) a “SABIENDAS” se nos estaba ofreciendo, y de forma “ILEGAL” firmar la aceptación de unas Contribuciones Especiales que en modo alguno nos pertenecía pagar.

Por lo que considero INJUSTO y lo que (presuntamente) parece una clara “MANIPULACIÓN” de este Ayuntamiento, que de forma “ENGAÑOSA” y utilizando el “CHANTAGE” se llamen a personas que por ignorancia acepten FIRMAR el pago de unas contribuciones que (como es mi caso), de ningún modo me pertenecía pago alguno. Condicionándonos además (vergonzosamente), a no poder ni tan siquiera IMPUGNAR” lo que firmábamos, lo que significa un claro ABUSO DE PODER por parte de esté Ayuntamiento.

En mi caso todavía se izo más patente ese (presunto) “engaño o abuso de poder”, ya que como puede verse en el apartado CINCO (del documento de fecha 14 de Noviembre de 2007) también me hacen renunciar a un expediente de expropiación. Solicitado en el año 2002 (según consta con el nº de entrada CEN2002014283): Y según el cual me hacían renunciar al mismo “Por reconocer que no había causa expropiatória.

Quizá yo, (por desconocimiento o ignorancia), no sabia bien  lo que firmaba, pero usted Sr. Sánchez si que conocía perfectamente lo que me dio a firmar. ¿Porque si no había causa expropiatória, porque tener que renuncias a ello…? Por lo que  estamos ante una situación un tanto “incoherente”. ¿Ya que si se me reconoce el derecho a pagar unas Contribuciones Especiales. Quiere decir, que también tendría derecho a la expropiación solicitada? ¿Y si ese derecho existe, porqué (y con su consentimiento Sr. Juan Carlos Sánchez) me hicieron renunciar aprovechándose de mi ignorancia, utilizando (presuntamente) el “ENGAÑO”.

En cualquier caso, poner en su conocimiento Sr. Alcalde, que tanto el recibo girado por este Ayuntamiento, como el compromiso al que alude el Sr. Aventín, en mi caso, los dos están prescritos. Como de hecho se puede comprobar con las fechas. A lo que hay que añadir también, que en la fecha de realización de las obras, mi finca NO lindaba (legalmente), con la calle afectada por las mismas. 

De todo lo antes expuesto, quizás lo más grave sea, que ha todo a lo que se le han sometido a muchos  vecinos/as de la calle Vallespir, y en mi caso en concreto, es que fue  con su consentimiento. Ya que como puede verse, junto a la firma de la Abogada responsable de la Sección de Patrimonio, Señora Meritxell Monfor, se encuentra también la suya Sr. Sánchez (como responsable de urbanismos en aquel momento)

¿Y señor Alcalde, los vecinos de Vallespir en aquel momento, desconocíamos nuestros derechos. Pero dudo y mucho, que usted no supiese lo que se estaba haciendo en todo momento? Aunque quiero pensar Sr. Sánchez, que  cuando le pasaron a firmar el documento que le (adjunto), no se molestó en leerlo. Ya que de acuerdo con la Ley, si se   hace algo a sabiendas. Y ese algo es ilegal, lo que se está haciendo, no es otra cosa que PREVARICAR.

En cualquier caso Sr. Sánchez.  (Entonces como Regidor de Urbanismo), fue competencia suya este asunto ¿Y no resolvió el caso? Ahora como Alcalde, sigue siendo de su competencia. Por consiguiente,  en sus manos está el darle una solución justa a tanto ATROPELLO.

En virtud, por lo anteriormente expuesto,

A V.I. SOLICITO: Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y dar cumplimiento a lo establecido en la ORDENANZA GENERAL DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES y conforme a su Capitulo IX: Gestión, liquidación, inspección y recaptación. Articulo 16e  y a todo lo que establece la Ley General Tributaria. Así como a todo lo planteado en este escrito.

En Sabadell, a 20 de Marzo de 2013

 ILTRE.SR. ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SABADELL.


Documentos que se aportan:
-          Escrito de comparecencia de fecha 14 de Noviembre de 2007.
-           




 Documento por el que se obtiene  mediante el (presunto) “engaño” y “chantaje” la firma de conformidad al pago de Contribuciones Especiales y que el mismo, también se encuentra PRESCRITO. Y del que en todo caso, seria ‘ilegitimo’ (la utilización del mismo) por la forma en que se consiguió su firma.

Ante el incumplimiento de dar repuesta a la que estipula la Ley (dos meses), lo que demuestra una vez más que el tipo de gobierno que tenemos sigue siendo el mismo que dirigía Bustos y su ‘prepotencia’ y ‘abuso de poder’ es lo que sigue ahora imperando en su hombre de paja. Nuestro adorado y flamante nuevo alcalde Juan Carlos Sánchez.

COMO ACTÚA LA OPOSICIÓN ANTE  LA DEFENSA DEL CIUDADANO

Como era  de esperar, y teniendo en cuenta las forma en que actúan hoy algunos partidos políticos movidos estos, más que por defender a los ciudadanos, estos, sólo actúan cuando obtienen “réditos políticos”, y dado que con los vecinos y vecinas de Vallespir más bien estos ‘réditos’ son escasos, y si además tenemos en cuenta que unos políticos como son los de CIU en estos momentos están ‘pasteleando’ con los políticos de Bustos (encarnados hoy en la figura de J.C. Sánchez), y otros prestándose a ser ‘muleta’ del mismo. Tan sólo han quedado, por un lado, los de EUiA, que se han interesado por nuestro tema, (comprometiéndose a convocarnos a una reunión con el fin de darle una salida al mismo). Cosa que hasta este momento no han convocado la misma.

De otro lado, es de nuevo la ENTESA (que siguiendo su línea coherente) , es la que toma cartas en el asunto y determinan (aunque de una forma, a nuestro modo de ver, poco contundente, pero que como primer pasó puede ser efectivo), enviarle al alcalde el siguiente escrito:

  

Il·lustríssim Senyor Juan Carlos Sánchez

Alcalde President de l’Ajuntament de Sabadell

 

Hem tingut coneixement de què recentment s’ha notificat als veïns afectats per les contribucions especials del Carrer de Vallespir que havien de pagar els rebuts emesos en data 31 de juliol de 2007.
Voldríem conèixer per quin motiu es reclamen ara aquestes contribucions especials, gairebé 6 anys després de la seva aprovació, un termini que entenem que és suficient perquè hagin prescrit.

Atentament,



Virginia Domínguez Álvarez
Regidora Portaveu d’Entesa per Sabadell

Sabadell, 26 d’abril de 2013

Por lo que me comenta Virgínia, los cuatro días que tiene de plazo el alcalde para responder por Ley a los grupos politicos, tambien estos se los ha pasado por el ‘forro’. Aunque finalmente le han contestado esto: 








Lo cual quiere decir, que nos mantendremos expectantes a las nuevas ‘mentiras’ que pueda inventar el alcalde, así como a la postura que los distintos grupos puedan tomar al respecto en la convocada comisión informativa del área de Habitage, Urbanismo y
Espacio Publico el próximo  día 28.

¿Así de bien se comporta nuestro gobierno en el Ayuntamiento ante las reclamaciones de sus ciudadanos? ¿Y así de bien actúan algunos políticos ante la defensa de estos?

Sabadell y sus ciudadanos no se merecen la mayoría de los políticos que tenemos , y una cosa sí que tenemos que tener clara ¿O la ciudadanía echamos a los que sólo buscan ‘mantenerse en el sillón’(y vivir del cuento), o con el elenco de celebridades que tenemos, nunca veremos que en nuestro Ayuntamiento se levanten las alfombras?